La adquisición de una póliza tan importante como esta debe ser tomada de la manera más seria posible, porque estamos hablando de aquello que servirá como soporte financiero para tu familia en caso de que algo malo te suceda, ya sea fallecimiento, un accidente que te deje incapaz de trabajar, etc.
En el caso de que seas el sostén familiar, no vas a querer que tus seres queridos queden completamente desprovistos de capital si tienes la mala suerte de padecer un infortunio, algo que de lo que nadie está exento.
¿Qué diferencia hay entre un seguro y una asistencia?
Seguro: El seguro es aquello por lo cual mensualmente abonamos una determinada cifra para estar cubierto en caso de que ocurra justo lo que temíamos. De esta manera, ante una emergencia que amenace nuestra vida o patrimonio, estamos asegurados económicamente nosotros o nuestros familiares.
Asistencia: Por el lado de la asistencia, esta función se encarga de contratar un profesional en caso de que ocurra una emergencia relacionada a la póliza, como puede ser el servicio de cerrajería, plomería, ambulancia, y más.
¿Cómo elegir el mejor?
Antes de comenzar a hablar acerca de las cosas que puede llegar a cubrir un seguro de vida, es importante mencionar que encontrar el mejor puede ser una tarea bastante complicada a partir de la buena cantidad de oferta disponible en el mercado. Cada empresa aseguradora intenta ofrecer características que el resto no y a buen precio, lo que obliga al cliente a investigar hasta dar con la que más lo convenza.
Por todo esto sugerimos que busques comparadores virtuales antes de dar el importante paso de contratar seguro de vida, ya que de hacerlo mal podrías incurrir en un grave error que deje sin una buena cobertura a tus seres queridos.
¿Qué cubren?
Lo más básico que cubre sí o sí esta clase de póliza, es ante fallecimiento. Sin embargo, son muchos los que se encargan de que el cliente no esté solo si es que sufre un accidente que le provoca una incapacidad ya sea permanente o temporal. Las enfermedades graves también están contempladas al igual que la incapacidad parcial/absoluta, fallecimiento en condiciones especiales, etc.
Cobertura por fallecimiento
La indemnización ante fallecimiento es la piedra fundamental en todo seguro de vida, puesto que sin dicha función no tendría ningún tipo de utilidad. Por cuestiones lógicas, aquellos asignados como beneficiarios no pueden coincidir con la persona asegurada, de manera que es la familia quien recibe el dinero. Entre las cosas que contempla, destacamos:
Gastos del sepelio
Si bien este servicio es más exclusivo de los seguros ante decesos, algunas compañías deciden responsabilizarse de una parte de los gastos una vez ocurra el hecho. No cubren la totalidad del sepelio sino más bien una parte, algunas el 15%, otras el 20%, etc.
Capital de fallecimiento
Con esto nos referimos a la cantidad de dinero que recibirán los beneficiarios cuando el tomador del seguro fallezca, algo que se revaloriza con el paso de los años. Sugerimos que, como potencial asegurado, observes que la empresa garantice el doble o triple si tienes la desgracia de fallecer en un accidente de tránsito o laboral. Esta es la mejor forma de que tus familiares reciban una mayor cantidad si la muerte no ocurre naturalmente.
Por ejemplo, si contratás una póliza con capital asegurado de 1 millón de pesos y morís en un accidente, entonces tus seres queridos estarán percibiendo 2 millones. De la misma forma, por accidente de tránsito podría haber hasta triple capital, consiguiendo la suma de 3 millones en lugar de 1 como sería de forma natural.
Causas del fallecimiento
Antes de contratar seguro de vida, asegurate que cubra la mayor cantidad de vías de fallecimiento posible para después no tener ninguna clase de inconveniente con la aseguradora, porque que tus seres queridos tengan un inconveniente legal luego de haber recibido tan mala noticia será peor para todos.
Las causas sí o sí contempladas deben ser: muerte natural, por accidente, o como consecuencia del suicidio. No obstante, si la persona toma la decisión de quitarse la vida durante el transcurso del primer año de la contratación de la póliza, la empresa podría negarse a pagar la indemnización.